La semana pasada el país se estremecía con la noticia de la muerte de un hombre en Granada, que parece ser, ante el eminente desahucio de su casa, decidió suicidarse. En Valencia los medios de comunicación se hacían eco de otro suceso similar. Una persona se lanzaba por la ventana a la llegada de la comisión judicial que tenía que desposeerle de vivienda. Confirme o no la investigación policial la relación causal entre los hechos y los inminentes desahucios, está claro que las llamadas “ejecuciones hipotecarias” se han convertido en un grave problema social que afecta a miles de familias –según diversas estimaciones unas 400.000 familias desde que empezó la crisis-. Ante un panorama tan desolador han ido surgiendo organizaciones que buscan agrupar a los afectados para buscar remedio a la situación: “Stop a los desahucios” o la iniciativa popular “Que no te hipotequen la vida” son una muestra, que desde IH no podemos más que apoyar y difundir.
La Constitución española de 1978, garantiza el acceso a la vivienda; en realidad un derecho de tercera o derecho virtual como no tiene empacho en reconocer el Tribunal Constitucional: “en el capítulo tercero del Título I no hay derechos subjetivos, que caso de existir allí debieran merecer la calificación de constitucionales o fundamentales, reservada para la Constitución para lo reclamado en otros preceptos. Es cierto que el constituyente enunció bajo la palabra derecho alguno de los principios rectores, pero los derechos a la protección a la salud, al acceso a la cultura, a disfrutar de un medio ambiente adecuado o de una vivienda digna no son en sentido jurídico derechos subjetivos, son pretensiones comunitarias que la Constitución incorpora a fin de justificar determinadas políticas públicas”.(introducir referencia) En pocas palabras, al no ser derechos subjetivos, es decir, derechos ligados a personas –a sujetos operatorios corpóreos- no son exigibles ante un juez.
La sanidad universal o el acceso a la educación superior, no serían, desde esta óptica derechos subjetivos. No obstante, la política rectora de orientación socialdemócrata acabó por extenderlos y universalizarlos, en gran medida, en las postrimerías del franquismo. Pasar de “las buenas intenciones comunitarias”, que tanto gustan a los liberales, a los derechos subjetuales, ligados a las personas de carne y hueso ciudadanos de una nación política, requiere de la desmercantilización (aunque sea parcial), la planificación del Estado y el establecimiento de un sistema de financiación sostenible.
En España ya existen un modelo de intervención pública, el de VPO (viviendas de protección oficial), que podría tomarse como punto de partida para un modelo socialista específico, que garantice el derecho a la vivienda:
Primero. Las viviendas de protección oficial, sean de promoción pública o privada, deben dejar de ser *marginales*, frente a las viviendas de “precio libre”.Las administración pública debería incrementar exponencialmente su cantidad en el mercado. El precio de la vivienda reflejará el coste real de la construcción (o adquisición) que variará según sea la promoción pública o privada.
Segundo. Es imprescindible la creación de una potente banca pública para la financiación en condiciones ventajosas tanto de la construcción como del crédito hipotecario.
Tercero. El acceso a la vivienda, en régimen de propiedad o alquiler, no deberá consumir más de un 1/3 de los ingresos de la unidad familiar –ponderando dichas cifras según miembros y con umbrales de renta máximos-. El nada sospechoso de izquierdismo Banco de España, realizaba dicha recomendación. Por otro lado, se subvencionará a aquellas personas con rentas más bajas para que se cumpla este principio.
Ahora imaginemos, por un momento que hubiera sucedido, si un 40 o 50% de las viviendas disponibles en España, se hubieran construido en régimen V.PO. ¿Se habrían embarcado los constructores y promotores orientados al mercado libre en la construcción de millones de viviendas con precios estratosféricos teniendo que competir con un sector público que las ofrecía a precios sensiblemente inferiores? ¿Se habrían endeudado las cajas de ahorro y bancos hasta niveles insoportables para financiar unas viviendas de mercado libre que ni de lejos valen lo que decían que valían? ¿Estarían las familias españolas endeudadas hasta la eternidad pagando hipotecas a treinta, cuarenta y hasta cincuenta años por una casa? ¿Habrían sido desahuciadas 400.000 familias por no poder hacer frente a hipotecas sobredimensionadas? ¿Se habría producido una crisis económica de estas características?
Juzguen por ustedes mismos.
Enhorabuena por otro gran artículo para divulgar el terror social que vivimos en España. La gente siempre recita el artículo famoso de la Constitución de la «vivienda digna», sin pensar que no es un derecho nato del individuo, sino que está basado en una interpretación «buenista» y técnica, en el sentido de que el Estado regulará las condiciones de la vivienda, su construcción, sus transacciones…pero el Estado NO está obligado a darnos un techo según su articulación actual, ya que el libre mercado operante es incuestionable y la mercantilización de la vivienda es un hecho. En inglés hay un refrán que expresa muy bien esta situación --> No odies al jugador, odia el juego.