Sobre el cambio de la ley electoral y el fundamentalismo democrático

En los últimos años, y por iniciativa de varias fuerzas políticas, (UPyD e IU sobre todo, también movimientos como el 15M) se viene planteando un cambio en la ley electoral española.

La actual Ley Electoral Española, emana de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y de la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.

El recuento de los sufragios se realiza mediante el sistema D’Hondt, sistema que beneficia electoralmente a los dos grades partidos (PP, PSOE) y a los partidos secesionistas (CIU,PNV,BILDU,ERC…).

Los partidos políticos y movimientos como el 15M que piden un cambio de sistema electoral, alegan principalmente que es necesario una mayor proporcionalidad en el recuento de votos para que se de una mayor «calidad democrática». Partidos como UPyD plantean sustituir el sistema de D’Hondt por otro más proporcional como el sistema Hare.

¿A qué se debe este afán por una mayor proporcionalidad en el sistema de elección de los sufragios? En primer lugar hay que señalar un aspecto pragmático de parte de los grupos políticos que reclaman cambiar la ley. Con un cambio de sistema más proporcional, estas fuerzas políticas tendrían mayor presencia política al poder conseguir más escaños (terminando así con el nefasto bipartidismo, según mucha gente). Pero detrás de esta cuestión pragmática evidente parece que el fondo de la cuestión responde a un caso claro de fundamentalismo democrático, tanto por parte de los partidos que piden a gritos el cambio, como por parte del movimiento 15M.

El fundamento primero de los partidarios del cambio de ley, tiene que ver con la idea axiomática y sustancialista que tienen de la democracia. Para ellos, los problemas de la Democracia responden a una especie de «deficit democrático» que solo puede ser resuelto con «más Democracia». ¿Cómo se consigue más Democracia? Pues haciendo que la Democracia sea mas «participativa». ¿Y como puede ser más «participativa»? Pues intentando llegar a la «verdadera Democracia», y a juicio del que escribe, los que plantean esto están pensando en la «Democracia Directa», en términos tecnológicos del sistema
democrático. Que todos los votos valgan lo mismo sin importar la circunscripción electoral ni el territorio donde se emita.

Un ejemplo claro de Democracia Directa serían los típicos programas de TV del «llama y vota», en donde el sistema de sorteo democrático no está condicionado por factores de territorialidad ni de población, simplemente se emite el voto y al final se recuentan todos por igual. Como si hubiese una única circunscripción electoral.

La idea de «Democracia Directa» o sin ir tan lejos, pongamos por caso un sistema de recuento más proporcional como el cociente Hare, no solo no solucionarían los problemas de nuestro país sino que, a mi juicio, puede ser un arma de doble filo. Digo esto porque, si bien, un cambio de ley electoral en España, en un primer momento, puede beneficiar a la eutaxia del Estado conteniendo el avance de los partidos secesionistas, tambien puede, a la larga, dar más presencia en la vida política a otros partidos cuyos contenidos no son precisamente eutáxicos, sino todo lo contrario: distáxicos, reaccionarios y disgregadores. Aquí nos encontramos con un amplio abanico de opciones políticas reaccionarias. Desde grupos animalistas/ecologistas, como grupos de extrema derecha o grupos secesionistas que, habiendo perdido el privilegio territorial que le otorgaba la antigua ley, se lanzan en busca de nuevos aliados formando eclécticos grupos mixtos que pueden hacer la gobernabilidad del Estado aún mas dificil. Una mayor proporcionalidad electoral, si bien puede frenar a los neofeudalistas separatistas momentaneamente, puede dar lugar a grupos mixtos imprevisibles con una fuerza que en el actual sistema electoral no pueden conseguir. A su vez, los principales partidos perderían presencia y les resultaría mucho mas difícil conseguir la mayoría absoluta, obligandoles siempre a pactar. Por ejemplo, si PP y PSOE se niegan a pactar entre ellos (cosa en absoluto extraña, lo raro sería que pactasen alguna vez) se vería obligado el vencedor de unas elecciones a pactar con un grupo mixto impredecible y con grupos políticos tan eclécticos como contradictorios (nacionalistas, ecologistas, animalistas, abortistas, neonazis…), con las dificultades de gobernalidad que esto supone.

Cualquier lector que crea que un cambio de ley electoral puede ser una solución a los problemas de España me tildará rápidamente de antidemocrático, y si sigue la dinámica dualista maniquea entre Democracia/Dictadura, mi discurso sería autoritario y dictatorial porque no creería que la Democracia se pueda mejorar. Pero mi intención no es tanto criticar la reforma de la ley electoral en sí como los principios que fundamentan este cambio. Para los «super-demócratas», lo principal es la «proporcionalidad». Que todo el mundo pueda votar en igualdad de condiciones. Pero dejan de lado algo realmente importante: me refiero a los contenidos que las fuerzas políticas llevan en sus programas. Para el fundamentalista democrático toda opción es válida y respetable siempre y cuando se defienda «democráticamente», no importa si se defiende el aborto libre sin condiciones, como el matrimonio con animales o la secesión de manera unilateral. Lo que importa es que lo que se decida sea de manera democrática y, cuanto más directa sea, más participativa
será. El asambleísmo del 15M pretende ser una forma de Democracia directa más parcipativa. A esta idea se le suma la de «pluralismo político», que entiende que cuanto más pluralismo político haya, mayores cuotas de Democracia tendrá la sociedad de referencia. Como si el «pluralismo político» facilitara la toma de decisiones políticas, en vez de obstaculizar en muchas ocasiones el llamado «consenso político».

Desde nuestras coordenadas, creemos que se debe abandonar por completo la idea de «Democracia Genérica», axiomática y sustancialista, y potenciar la idea de «Democracia Específica», que no sale de la nada
sino que tiene su plataforma en la capa basal de un Estado dado, y que se verá condicionada por los rasgos culturales e histórico-institucionales de esa sociedad de referencia. Desde la Política real, no hay una sola Democracia en sentido genérico, sino muchas democracias específicas (en cada país una Democracia Específica), y cada Democracia Específica tiene que tener unos parámetros límite para poder ser recurrente y no poner en peligro la existencia del Estado. Por lo tanto, los contenidos de los planes y proyectos de cada parte no pueden ir en contra de los fundamentos del Estado. En una Democracia específica eutáxica, un partido extravagante que plantee la independencia, sería tildado inmediatamente de «anti-democrático» y, por consiguiente, ilegalizado.

En la actualidad, en España, la unica forma de saber si un partido es democrático o no lo es, es la violencia física. Cuando ETA mataba, los aberchales no eran respetables, eran violentos y, por lo tanto, anti-democráticos. Ahora que, en principio, ETA dejan las armas, BILDU pasa a ser una organización respetable y democrática, para así continuar ejerciendo violencia sobre España, ya no con las armas sino por via democrática.

Desde nuestra organización apoyamos una reforma de la ley electoral que haga mas proporcional el recuento de sufragios, pero dejamos claro que esa mayor proporcionalidad en el voto no soluciona los problemas de España y, si no se pone un filtro a los contenidos de los partidos extravagantes, de poco sirve esa proporcionalidad democrática.

Salud, Revolución, Hispanidad y Socialismo.

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2 Respuestas a “Sobre el cambio de la ley electoral y el fundamentalismo democrático”


  • La Ley que se cita más arriba es la 5/1985 de 19 de junio. En ella se dice:

    «… DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
    Quedan derogados el Real Decreto-Ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales; la Ley 39/1978, de 17 de julio, de elecciones locales; la Ley Orgánica 6/1983, de 2 de marzo, que modifica determinados artículos de la anterior; la Ley 14/1980, de 18 de abril, sobre régimen de encuestas electorales y cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley.»

    Algunos sostienen que la «Ley para la Reforma Política», sometida a referéndum el 15-12-1976, es el primer paso hacia la democracia en la España reciente. A partir de ahí vinieron la Ley Electoral de 1977, el Real Decreto-Ley sobre la legalización de los Partidos Políticos de 1977, la Reforma Sindical de 1977, otras cosas de 1977, y Convocatoria de Elecciones Generales a Cortes Constituyentes celebradas el 15-06-1977; desde las cuales se pudo parir la Constitución de 1978.

    Así que, depende de cómo se mire, pues algo de razón tienes. Pero la vigente ahora es la que es.

  • La ley electoral es previa a la Constitución de 1978. Más bien la Constitución emana de ella.

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